17.11.14

El desarme civil como arma del coloniaje e imperialismo inglés

 
 A principios del siglo XVIII, Cesare Beccaría en su Obra “ De los delitos y de las penas “, escrita en Livorno en 1714, despeja toda duda sobre el Derecho de Armas con racionalidad y objetividad, al establecer que: “ Una fuente de errores y de injusticia son las falsas ideas de utilidad que se forman los legisladores. Son las que anteponen los inconvenientes particulares a los generales. Falsa idea de utilidad es la que quitaría a los hombres el fuego por que incendia y el agua porque anega; la que no repara los males más que destruyendo.
 
 Las leyes que prohíben son leyes de esa naturaleza; sólo desarman a los no inclinados a delinquir, mientras los que tienen el valor de violar las leyes más sagradas de la humanidad y las más importantes del código, ¿ cómo respetarán las menores y puramente discrecionales, cuyas contravenciones deben ser tan fáciles e impunes y cuya exacta ejecución elimina la libertad personal carísima al hombre y somete a los a los inocentes a todas las vejaciones que merecen los culpables ?.
 
 Estas leyes empeoran la condición de los asaltados mejorando la de los asaltadores; no disminuyen los homicidios sino que los aumentan, porque es mayor la confianza en asaltar al hombre desarmado que a los armados.
 
 Estas leyes se llaman no preventivas y nacen de la desordenada impresión producida por hechos particulares y no de la razonada meditación de los inconvenientes y ventajas de un precepto general.”
 
 Esta concepción Jurídica se impone racionalmente en Europa Continental, pero Inglaterra ( Europa Insular ), se opone al Derecho de Armas y decreta el Desarme Civil inglés pero no por cuestiones Jurídicas racionales sino por espurias razones de dominación insular, y en consecuencia establece que la tenencia y portación de armas, no es un Derecho sino un privilegio reservado solo para sus nobles, quienes mediante esa prerrogativa ven facilitado el libre ejercicio del derecho de pernada sobre las mujeres de los pueblos de Escocia, Irlanda y Gales, sin que esos plebeyos puedan poseer armas para oponer resistencia a semejante abuso sexual del que eran víctimas sus hijas, esposas, madres y hermanas.
 
 También fueron víctima del Desarme Civil inglés los americanos, pero a diferencia de la plebe insular estos derrotaron a los ingleses en la guerra de la Independencia a fines del mismo Siglo XVIII y realizaron la primer Gran Obra Jurídica de la Historia Moderna: La Primera Constitución Nacional de la historia de la Humanidad que fue la Constitución Nacional Americana, del año 1776, es decir del mismo Siglo del esclarecimiento sobre el Derecho de Armas y al respecto al establece: “ … el Derecho del Pueblo a tener y portar armas no será coartado “; es que este Derecho es considerado por los americanos como la primera libertad, ya que un hombre que no se puede defender, que no puede proteger su hogar ni a su familia no tiene nada. No tiene derechos, ni libertad, ni propiedad.
 
 Es decir que durante el Siglo XVIII, el Derecho de Armas queda consagrado en los pueblos libres de Europa y América; prevaleciendo luego en la Constitución Americana y en las Constituciones que a su semejanza se brindaron los europeos a partir de la Revolución Francesa.
 
 Mientras tanto los abusos causados a lo largo y ancho de todo el planeta por el Desarme Inglés quedo plasmado incluso en la frase de Mahatma Gandhi quién expresó que : “ Entre las muchas fechorías que el Imperio Inglés perpetró en la India, la historia mirará la de privar de armas a toda una nación como la más negra de todas ellas.”
 
 No es casualidad que la influencia inglesa por estas pampas al momento de dictarse nuestra Constitución Nacional, haya privado a la misma de la contudencia que sobre el Derecho de Armas poseía la Constitución Americana que la Argentina copió como modelo.
Y digo que no es casualidad, por el hecho de que los ingleses fomentaron el Desarme Civil sobre los pueblos que estuviesen bajo su influencia, y que ocuparan territorios ricos en recursos que luego podrían ser de su interés y verse en situación de conflicto con ellos, traspolando las enseñanzas de Beccaría podemos decir que es más fácil despojar de sus recursos a los pueblos desarmados que a los armados…
 
 Otros promotores del desarme civil fueron durante el Siglo XX los regímenes nazis y comunistas, que por ejemplo decretaron el desarme de la etnia hebrea, el del campesinado rebelde ruso, el de la etnia ruandesa, etc, pueblos que después de perder sus armas fueron masacrados en estado de indefensión.
 
 Los ingleses ya nos robaron las Malvinas, las georgias, y sanwich del sur, con pretensiones serias sobre el sector antártico argentino; pero ahora en realidad los ingleses tienen pocas preocupaciones sobre el futuro de esos territorios, ya que saben que la Argentina no tiene condiciones bélicas para disputar seriamente esos territorios.
 
 Pero Argentina conserva ricos recursos naturales: agua, alimentos, hidrocarburos, gas, minería, madera, etc, entre tantos recursos vírgenes que poseemos y no precisamente en los territorios insulares ya perdidos sino en nuestro vasto territorio continental, ocupado por un pueblo indefenso.
 
 Cabe preguntarse entonces por qué una masa importante de argentinos están decididamente a favor del Desarme Civil a la inglesa, y la respuesta es que los operadores políticos internacionales ingleses saben cómo debilitar a los pueblos cuyo territorio les interesa por la existencia de recursos naturales, es decir un país que tienen en la mira para desarmarlo y dejarlo en estado de indefensión para el caso de entrar en conflicto por sus recursos y territorio, avalados por los propios medios de comunicación prebendarios criollos que producen operativos de prensa a favor del desarme como arma del coloniaje e imperialismo inglés.
 
✒ Gustavo Enrique Lastra | 29 de enero de 2012.

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